
Hola bloggers, bienvenidos a un nuevo post. Hoy os quería hablar sobre un tema un poco distinto, ya que abarca un aspecto más ético en el tema de trasplantes de órganos. Pues bien, como supongo que sabréis, la muerte encefálica y el trasplante de órganos son conceptos que, como mínimo, suscitan dudas e involucran situaciones personales y médicas complejas y difíciles de abordar. La falta de definición de muchos de los términos que rodean estos conceptos complica el consenso en la toma de decisiones y conlleva una constante evolución en la determinación de sus límites a lo largo del tiempo y el espacio.
Consideraciones bioéticas en la donación y el trasplante de órganos:
Como todas las cuestiones relacionadas con la medicina, estos procedimientos deben seguir los principios de la ética médica: autonomía, beneficencia, no maleficencia y justicia. Además, este escenario concreto debe tener en cuenta una consideración especial: “la regla del donante muerto”, según la cual un donante de órgano vital debe estar diagnosticado de muerte antes de que el órgano sea extraído.
En relación con el consentimiento para la extracción, la Organización Nacional de Trasplantes del Ministerio de Sanidad de España establece que: “Según la Ley de trasplantes, en España todos somos considerados donantes si en vida no hemos expresado lo contrario. Sin embargo, esa expresión puede haber sido formulada de diferentes modos, lo que obliga a que se pregunte a familiares o allegados sobre la voluntad del fallecido respecto a la donación. En la práctica siempre se respeta la decisión de la familia, ya que se asume que estos no contradirían los deseos de su ser querido. La firma de la familia para proceder a la donación es lo que denominamos consentimiento familiar.”
Problemas éticos del trasplante
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